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Reglamento de la Comisión para la Certificación

INTRODUCCIÓN
En respuesta a la invitación, emitida por la Secretaria de Educación Publica,
a las asociaciones y colegios, que aspiren a obtener, el reconocimiento de
idoneidad, como auxiliares en la vigilancia, del ejercicio profesional, en la
modalidad de Certificación profesional, el Colegio de Médicos Generales y
Familiares de Hermosillo A.C., desarrolla el proyecto de su modelo de
certificación del ejercicio profesional del medico General y Familiar en el
Estado de Sonora.
Tomando en cuenta el panorama profesional, en términos de globalización y
ante las tendencias de competitividad nacional e internacional, el
COMEGEFAH detecta la necesidad de elevar los estándares del ejercicio
profesional de los Médicos Generales y Familiares en el estado, presentando
este proyecto de modelo de certificación profesional.
Con base al Artículo 5º Constitucional, vigente en nuestro país, ha sido
creado este Comité de Certificación, el cual ha sido autorizado
jurídicamente y de manera explícita para participar en la “vigilancia de la
práctica profesional médica, para que ésta se realice dentro del más alto
plano moral y legal”.
Consideraciones Generales:
El Comité de Certificación del COMEGEFAH es parte integral del Colegio de
Médicos Generales y Familiares de Hermosillo A.C., cuyos propósitos
fundamentales son:
I. Los objetivos primordiales de este comité son:
1. Expedir un certificado cada cinco años que avale la competencia
profesional acreditada de los Médicos Generales y Familiares que
ejercen en el Estado de Sonora.
2. Establecer los requisitos mínimos que deben reunir los médicos
aspirantes a presentar el examen de evaluación, para obtener el
Certificado vigente para ejercer la Medicina General y Familiar en el
Estado de Sonora.
II. La comisión del Comité de Certificación del COMEGEFAH, tiene como
función primordial, el de establecer mecanismos de evaluación que sean
sistemáticos, ordenados, programados y claros, revisando de manera
permanente estos procesos y adecuándolos a las necesidades y condiciones
vigentes en nuestro país.
III. El C. C. COMEGEFAH estará formado por los miembros designados
específicamente para tal fin, como lo establece la Nueva Ley General de
Profesiones que rige al Estado de Sonora y se ajustará al presente
reglamento.
IV. El Comité de Certificación del COMEGEFAH, estará integrada por un
presidente, vice-presidente, secretario, tesorero y 5 vocales, que serán
designados para tal fin, de acuerdo a los estatutos de este comité y ante la
asamblea general.
V. De las funciones del Comité de Certificación
• El Comité de Certificación tendrá las siguientes funciones:
1.- Establecer los requisitos que deben cumplir los médicos generales para
obtener la primera certificación y renovación periódica de su certificado.
2.- Establecer normas para realizar el proceso de la primera certificación.
3.- Revisar permanentemente los requisitos y métodos para el proceso de
renovación de vigencia de certificados.
4.- Coordinar y supervisar con la Universidad de Sonora los requisitos y
métodos de procesos de evaluación para obtener certificados vigentes.
• Del proceso de evaluación para la Certificación de Médicos Generales:
1. Para ser candidato y obtener el primer Certificado por el Comité de
Certificación del COMEGEFAH se requiere:
2. Presentar el título de Licenciatura en Medicina, expedido por una
institución de educación superior, cuya escuela o facultad de medicina haya
sido acreditada por la SEC, si el título es expedido posterior al año 2005.
3. Cédula Profesional expedida por la Dirección General de Profesiones,
dependiente de la SEP y la Cédula Profesional Estatal en su caso.
4. Llenar la solicitud correspondiente y entregar los documentos requeridos. 4. Pagar la cuota correspondiente establecida para este fin.
5. Presentar el o los exámenes correspondientes establecidos por éste comité.
6. El Comité de Certificación del COMEGEFAH se reserva el derecho de
comprobar la autenticidad de los documentos presentados y de cotejar con
los originales si así lo considera conveniente.
7. El proceso de evaluación constará de dos partes: una teórica escrita y una
práctica oral que se realizará ante paciente.
8. La evaluación de conocimientos teóricos básicos incluirá en todo caso las
áreas tradicionales de la medicina a saber: Medicina Interna, Pediatría,
Ginecología y Obstetricia, Emergencias medico-quirúrgicas, Medicina
Preventiva, Salud Pública y Estudio de la Familia.
9. Para garantizar que la evaluación de los conocimientos básicos de la
primera Certificación incluya los aspectos epidemiológicos más
trascendentes se tomará en cuenta la Región en que se encuentren
ejerciendo.
10. Sólo los aspirantes a certificación que hayan aprobado la parte teórica de
la evaluación tendrán derecho a realizar la parte práctica.
• El proceso de solicitud de Certificación seguirá los siguientes lineamientos:
1.- El Comité de Certificación del COMEGEFAH. Realizará y dará difusión
de la Convocatoria para el periodo de Certificación con la periodicidad y por
los medios que considere convenientes, para garantizar que todos los
médicos generales y familiares aspirantes a certificarse por primera vez, o
los interesados en renovar la vigencia de su certificación, queden debida y
oportunamente enterados.
2.- Los médicos interesados llenarán la solicitud respectiva y la entregarán
junto con los documentos requeridos, en el lugar y fechas que determine el
comité de certificación del COMEGEFAH. Los documentos podrán ser
enviados por mensajería, ajustándose al periodo establecido en la
convocatoria.
3.- El C. C. COMEGEFAH informará oportunamente al interesado de la
aceptación de sus documentos y de la fecha y el lugar donde se realizará el
examen.
4.- El resultado final del proceso de evaluación de cada candidato solo
especificará si fue o no aprobado. En ningún caso mencionará calificación
numérica o gradual. De manera confidencial se entregará a cada uno de los
solicitantes sus resultados indicando su nivel de competencia en cada una de
las áreas.
5.- Si el candidato fue aprobado en la parte teórica se le citará en el lugar y
fecha que determine el C. C. COMEGEFAH para realizar la parte práctica del
proceso.
6.- Del resultado de evaluación se informará oficialmente al interesado.
7. Todo proceso de evaluación lleva implícito discrecionalidad,
confidencialidad y honestidad.
8. Si se llegara a identificar alguna desviación de éstos principios, se
expondrán los hechos ante la Asamblea del. C. C. COMEGEFAH quien
tomará las medidas que juzgue convenientes.
9. El certificado expedido tendrá una validez de cinco años al cabo de los
cuales se deberá renovar por un período igual mediante mecanismos que
establezca el C. C. COMEGEFAH.
10. Las decisiones del C. C. COMEGEFAH, tanto del resultado del examen
para primera certificación, como de la evaluación curricular para renovar la
vigencia del certificado, serán inapelables.
11. Si el aspirante a primera certificación no aprobara, no le será devuelta la
cuota correspondiente, ni los documentos que haya presentado, estos
formaran parte del archivo del C. C. COMEGEFAH.
12. El aspirante a primera certificación que haya sido reprobado podrá
presentar nueva solicitud en las siguientes convocatorias cumpliendo los
requisitos establecidos, incluyendo el pago de la cuota correspondiente.
• Del proceso de renovación de vigencia del certificado:
1. Como lo señala el artículo décimo tercero, el certificado tendrá una
vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de la primera
certificación, al cabo de los cuales deberá ser renovada en los cinco años
sucesivos, con un año de gracia en cada período de cuatro años sin que se
modifique el año en el que al interesado corresponda renovarse.
2. En ésta renovación o re-certificación se revalidan los derechos y
obligaciones de médico certificado y lo avala como Médico General
Actualizado en los conocimientos y progresos científicos y técnicos propios
de su profesión.
3. La renovación de la vigencia del certificado solo procederá par aquellos
médicos que hayan sido certificados previamente por el C. C. COMEGEFAH.
4. Al término de la valides de su certificado el interesado deberá solicitar el
formato correspondiente, llenar los datos y acompañarlo de los documentos
probatorios y entregarlos dentro de las fechas establecidas por el mismo C. C.
COMEGEFAH.
5. El Comité de Certificación verificará que el aspirante a renovar la validez
de su certificado cumpla con las normas establecidas que establece el C. C.
COMEGEFAH para que expida el certificado por cinco años más.
• De la evaluación y calificación de los aspirantes a la
renovación de vigencia del certificado:
1. La renovación de la vigencia del certificado se basará en la evaluación de
las actividades curriculares y de educación médica continua realizada en los
cinco años anteriores a la fecha de solicitud y de acuerdo a las normas que se
señalan en los puntos siguientes.
2. Para que las actividades curriculares anotadas en la solicitud de
renovación de la vigencia sean calificadas por el comité de certificación
deberán estar acompañadas por los documentos comprobatorios
correspondientes, cuya valides y puntuación serán establecidas
periódicamente por el C. C. COMEGEFAH.
3. La puntuación que se otorgue a las actividades curriculares y los requisitos
mínimos para renovar la validez del certificado se basarán en las siguientes
actividades: labor asistencial institucional y/o privada, docencia, asistencia a
programas de educación médica continua, participación en actividades
científicas y/o de investigación y publicaciones médicas. Se consideran para
la puntuación exclusivamente las actividades desarrolladas durante los
últimos cinco años.
4. El C. C. COMEGEFAH, presentará cada dos años ante la SEC los criterios
de puntuación en que basará la calificación de las actividades curriculares,
los cuales una vez aprobados deberán ser validadas por la SEC y la
Universidad de Sonora (División de Ciencias Biológicas y de la Salud).
• De la expedición de los certificados:
1. El médico que haya cumplido con los requisitos establecidos, tanto para la
primera certificación, como para la renovación de vigencia del certificado,
recibirá un documento que lo acredite como:
Médico General Certificado y/o Médico Familiar Certificado
2. El certificado del Médico General y Familiar sólo podrá expedirlo el C. C.
COMEGEFAH conjuntamente con la SEC y la UNISON, (este documento
deberá ser registrado y avalado ante la SEC).
• De las modificaciones al Reglamento de la Comisión de Certificación:
1. El presente reglamento solo podrá modificarse a solicitud propia del C.
C. COMEGEFAH.
2. Las modificaciones propuestas deberán ser presentadas, estudiadas,
discutidas y aprobadas por la Asamblea del C. C. COMEGEFAH.
• Esquema de Evaluación:
1. certificación de conocimientos: Como evidencia de conocimientos, el
profesionista que desee certificarse, tendrá que cumplir con el puntaje
establecido de 150 puntos, de acuerdo al tabulador incluido, en el anexo 6 y
presentar un examen que será aplicado en conjunto con una institución
académica.
2. La institución que participara en la elaboración y aplicación de los
reactivos correspondientes para la evaluación de nuestros colegiados, será
La División de Ciencia Biológicas y de la Salud de la Universidad de Sonora.
3. Saber Hacer – certificación curricular: Posterior a la presentación
del examen de conocimientos, se citará al médico a certificar para presenciar
la realización de una Historia Clínica completa de un paciente de primera
vez, para calificar la metodología de estudio que sigue con los pacientes y
comente con el sinodal o evaluador hipótesis diagnósticas, así como las
conductas a seguir con el paciente; tanto en estudios de laboratorio y
gabinete, así como la institución del tratamiento.
El sinodal o evaluador calificará su actuación, la cual tendrá un valor del 20% del examen.
• Procedimiento De Validación y Comprobación de Experiencia Profesional:
Acciones que se instrumentarán para garantizar un proceso transparente de
certificación profesional. Para lo que se presenta el Procedimiento de
Validación y comprobación de experiencia profesional ejecutada por el
Evaluador.
Contiene los siguientes documentos:
• Esquema del Procedimiento de validación y Comprobación de
experiencia profesional.
• Descripción del procedimiento.
• El Evaluador recibe el expediente a validar
• Procede a una verificación de las evidencias históricas haciendo uso
de las siguientes técnicas cronológicamente como se presentan:
o Entrevista directa al profesionistas sobre su trabajo realizado
en cada evidencia histórica presentada.
o Investigación con terceras personas o testigos sobre el trabajo
profesional del profesionista. o Constancia de trabajo de las
diversas instituciones en la que ha prestado su servicio.
• Se elabora reporte de investigación y validación de las evidencias
históricas.
• Entrega reporte de validación del currículo del interesado al C. C.
COMEGEFAH
• Si la información no fuera verídica se elaborará y
entregará al interesado, reporte de rechazo de validación
y motivos.
• Procedimiento de re-certificación:
El profesionista a re-certificar podrá hacerlo de manera
automática si este cumple con los 150 puntos que se
requieren, previa evaluación del comité de certificación del
COMEGEFAH.
Si no se reuniera el total de puntos requeridos (150), este se vera obligado a
presentar el examen para adquirir la re-certificación.