Nosotros

 Reglamento de la Comisión para la Certificación

 

INTRODUCCIÓN

En  respuesta a la invitación, emitida por la Secretaria de Educación  Publica,

a las asociaciones y colegios, que aspiren  a  obtener, el reconocimiento de

idoneidad, como auxiliares  en la vigilancia, del ejercicio profesional, en la

modalidad de Certificación profesional, el Colegio  de Médicos Generales y

Familiares  de Hermosillo A.C., desarrolla el proyecto de su modelo de

certificación del ejercicio  profesional  del  medico  General y Familiar en el

Estado de Sonora.

Tomando en cuenta el panorama profesional, en términos de  globalización y

ante las tendencias de competitividad nacional e internacional, el

COMEGEFAH detecta la necesidad de  elevar  los  estándares del ejercicio

profesional de los Médicos Generales y Familiares en el estado, presentando

este proyecto de  modelo de certificación profesional.

Con base al Artículo 5º Constitucional, vigente en  nuestro país, ha sido

creado este  Comité de Certificación, el cual ha sido autorizado

jurídicamente y de manera explícita para participar en la “vigilancia de la

práctica profesional médica, para que ésta se realice dentro del más alto

plano moral y legal”.

Consideraciones Generales:

El Comité de Certificación del COMEGEFAH es parte integral del Colegio de

Médicos Generales y Familiares de Hermosillo A.C.,  cuyos propósitos

fundamentales son:

 I. Los objetivos primordiales de este comité son:

1. Expedir un certificado cada cinco años que avale la competencia

profesional acreditada de los Médicos Generales y Familiares que

ejercen en el Estado de Sonora.

2. Establecer los requisitos mínimos que deben reunir  los médicos

aspirantes a presentar el examen de evaluación, para obtener el

Certificado vigente para ejercer la Medicina General y Familiar en el

Estado de Sonora.

II. La comisión del Comité de Certificación del COMEGEFAH, tiene como

función primordial, el de establecer mecanismos de  evaluación que sean

sistemáticos, ordenados, programados y claros, revisando de manera

permanente estos procesos y adecuándolos a las necesidades y condiciones

vigentes en nuestro país.

III. El C. C. COMEGEFAH estará formado por los miembros designados

específicamente para tal fin, como lo establece la  Nueva Ley General de

Profesiones que rige al Estado de Sonora y se ajustará al presente

reglamento.

IV. El Comité de Certificación del COMEGEFAH, estará integrada por un

presidente, vice-presidente, secretario, tesorero y 5 vocales, que serán

designados para tal fin, de acuerdo a los estatutos de este comité y ante la

asamblea general.

 V. De las funciones del Comité de Certificación

    • El Comité de Certificación tendrá las siguientes funciones:

1.- Establecer los requisitos que deben cumplir los médicos generales para

obtener la primera certificación y renovación periódica de su certificado.

2.- Establecer normas para realizar el proceso de la primera certificación.

3.- Revisar permanentemente los requisitos y métodos para el proceso de

renovación de vigencia de certificados.

4.- Coordinar y supervisar con la Universidad de Sonora los requisitos y

métodos de procesos de evaluación para obtener certificados vigentes.

   • Del proceso de evaluación para la Certificación de Médicos Generales:

1. Para ser candidato y obtener el primer Certificado por el Comité de

Certificación del COMEGEFAH se requiere:

2. Presentar el título de Licenciatura en Medicina, expedido por una

institución de educación superior, cuya escuela o facultad de medicina haya

sido acreditada por la SEC, si el título es expedido posterior al año 2005.

3. Cédula Profesional expedida por la Dirección General de Profesiones,

dependiente de la SEP y la Cédula Profesional Estatal en su caso.

4.  Llenar la solicitud correspondiente y entregar los documentos requeridos. 4.  Pagar la cuota correspondiente establecida para este fin.

5. Presentar el o los exámenes correspondientes establecidos por éste comité.

6. El Comité de Certificación del COMEGEFAH se reserva el derecho de

comprobar la autenticidad de los documentos presentados y de cotejar con

los originales si así lo considera conveniente.

7. El proceso de evaluación constará de dos partes: una teórica escrita y una

práctica oral que se realizará ante paciente.

8. La evaluación de conocimientos teóricos básicos incluirá en todo caso las

áreas tradicionales de la medicina a saber: Medicina Interna, Pediatría,

Ginecología y Obstetricia, Emergencias medico-quirúrgicas, Medicina

Preventiva, Salud Pública y Estudio de la Familia.

9. Para garantizar que la evaluación de los conocimientos básicos de la

primera Certificación incluya los aspectos epidemiológicos más

trascendentes se tomará en cuenta la Región en que  se encuentren

ejerciendo.

10. Sólo los aspirantes  a certificación que hayan aprobado la parte teórica de

la evaluación tendrán derecho a realizar la parte práctica.

   • El proceso de solicitud de Certificación seguirá los siguientes lineamientos:

1.- El Comité de Certificación del COMEGEFAH. Realizará y  dará  difusión

de la Convocatoria para el periodo de Certificación con la periodicidad y por

los medios que considere convenientes, para garantizar que todos los

médicos generales y familiares aspirantes a certificarse  por primera vez, o

los interesados en renovar la vigencia de su certificación, queden debida y

oportunamente enterados.

2.- Los médicos interesados llenarán la solicitud respectiva y la entregarán

junto con los documentos requeridos, en el lugar y fechas que determine el

comité de certificación del COMEGEFAH.  Los documentos podrán ser

enviados por mensajería, ajustándose al periodo establecido en la

convocatoria.

3.- El C. C. COMEGEFAH informará oportunamente al interesado de la

aceptación de sus documentos y de la fecha y el lugar donde se realizará el

examen.

4.- El resultado final del proceso de evaluación de cada candidato solo

especificará si fue o no aprobado.  En ningún caso mencionará calificación

numérica o gradual.  De manera confidencial se entregará a cada uno de los

solicitantes sus resultados indicando su nivel de competencia en cada una de

las áreas.

5.- Si el candidato fue aprobado en la parte teórica se le citará en el lugar y

fecha que determine el C. C. COMEGEFAH para realizar la parte práctica del

proceso.

 6.- Del resultado de evaluación se informará oficialmente al interesado.

7. Todo proceso de evaluación lleva implícito discrecionalidad,

confidencialidad y honestidad.

8. Si se llegara a identificar alguna desviación de éstos principios, se

expondrán los hechos ante la Asamblea del. C. C. COMEGEFAH quien

tomará las medidas que juzgue convenientes.

9. El certificado expedido tendrá una validez de cinco años al cabo de los

cuales se deberá renovar por un período igual mediante mecanismos  que

establezca el C. C. COMEGEFAH.

10. Las decisiones del C. C. COMEGEFAH, tanto del resultado del examen

para primera certificación, como de la evaluación curricular para renovar la

vigencia del certificado, serán inapelables.

11. Si el aspirante a primera certificación no aprobara, no le será devuelta la

cuota correspondiente, ni los documentos que haya presentado, estos

formaran parte del archivo del C. C. COMEGEFAH.

 12. El aspirante a primera certificación que haya sido reprobado podrá

presentar nueva solicitud en las siguientes convocatorias cumpliendo los

requisitos establecidos, incluyendo el pago de la cuota correspondiente.

• Del proceso de renovación de vigencia del certificado:

1. Como lo señala el artículo décimo tercero, el certificado tendrá una

vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de la primera

certificación, al cabo de los cuales deberá ser renovada en los cinco años

sucesivos, con un año de gracia en cada período de  cuatro años sin que se

modifique el año en el que al interesado corresponda renovarse.

2. En ésta renovación o re-certificación se revalidan los derechos y

obligaciones de médico certificado y lo avala como  Médico General

Actualizado en los conocimientos y progresos científicos  y técnicos propios

de su profesión.

3. La renovación de la vigencia del certificado solo procederá par aquellos

médicos que hayan sido certificados previamente por el C. C. COMEGEFAH.

4. Al término de la valides de su certificado el interesado deberá solicitar el

formato correspondiente, llenar los datos y acompañarlo de los documentos

probatorios y entregarlos dentro de las fechas establecidas por el mismo C. C.

COMEGEFAH.

             5. El Comité de Certificación verificará que el aspirante a renovar la validez

de su certificado cumpla con las normas establecidas que establece el C. C.

COMEGEFAH para que expida el certificado por cinco años más.

• De la evaluación y calificación de los aspirantes a la

renovación de vigencia del certificado:

1. La renovación de la vigencia del certificado se basará en la evaluación de

las actividades curriculares y de educación médica continua realizada en los

cinco años anteriores a la fecha de solicitud y de acuerdo a las normas que se

señalan en los puntos siguientes.

2. Para que las actividades curriculares anotadas en la solicitud de

renovación de la vigencia sean calificadas por el comité de certificación

deberán estar acompañadas por los documentos comprobatorios

correspondientes, cuya valides y puntuación serán establecidas

periódicamente por el C. C. COMEGEFAH.

3. La puntuación que se otorgue a las actividades curriculares y los requisitos

mínimos para renovar la validez del certificado se basarán en las siguientes

actividades: labor asistencial institucional y/o privada, docencia, asistencia a

programas de educación médica continua, participación en actividades

científicas y/o de investigación y publicaciones médicas. Se consideran para

la puntuación exclusivamente las actividades desarrolladas durante los

últimos cinco años.

4. El C. C. COMEGEFAH, presentará cada dos años ante la SEC los criterios

de puntuación en que basará la calificación de las  actividades curriculares,

los cuales una vez aprobados deberán ser validadas  por la SEC  y la

Universidad de Sonora  (División de Ciencias Biológicas y de la Salud).

• De la expedición de los certificados:

1. El médico que haya cumplido con los requisitos establecidos, tanto para la

primera certificación, como para la renovación de vigencia del certificado,

recibirá un documento que lo acredite como:

Médico General Certificado y/o               Médico Familiar Certificado

2. El certificado del Médico General y Familiar sólo podrá expedirlo el C. C.

COMEGEFAH conjuntamente con la SEC y la UNISON,  (este documento

deberá ser registrado y avalado ante la SEC).

• De las modificaciones al Reglamento de la Comisión de Certificación:

1. El presente reglamento solo podrá modificarse a solicitud propia del C.

C. COMEGEFAH.

2. Las modificaciones propuestas deberán ser presentadas, estudiadas,

discutidas y aprobadas por la Asamblea del C. C. COMEGEFAH.

• Esquema  de  Evaluación:

1. certificación de  conocimientos: Como evidencia  de conocimientos, el

profesionista que desee certificarse, tendrá que  cumplir con el puntaje

establecido de 150 puntos, de acuerdo al tabulador incluido, en el anexo 6 y

presentar un examen que será aplicado en conjunto con una institución

académica.

2. La institución que participara en la elaboración y   aplicación de los

reactivos  correspondientes para la evaluación de nuestros colegiados, será

La División de Ciencia  Biológicas y de la Salud de la Universidad de Sonora.

3. Saber Hacer – certificación curricular: Posterior a la presentación

del examen de conocimientos,  se citará al médico a certificar para presenciar

la realización de una Historia Clínica completa de  un paciente de primera

vez, para calificar la metodología de estudio que sigue con los pacientes y

comente con el sinodal o evaluador hipótesis diagnósticas, así como las

conductas a seguir con el paciente; tanto en estudios de laboratorio y

gabinete, así como la institución del tratamiento. 

El sinodal o evaluador calificará su actuación, la cual tendrá un valor del 20% del examen.

• Procedimiento De Validación y Comprobación de Experiencia Profesional:

Acciones que se instrumentarán para garantizar un proceso transparente de

certificación profesional. Para lo que se presenta  el Procedimiento de

Validación y comprobación de experiencia profesional ejecutada por el

Evaluador.

Contiene los siguientes documentos:

• Esquema del Procedimiento de validación y Comprobación de

experiencia profesional.

• Descripción del procedimiento.

• El Evaluador recibe el expediente a validar

• Procede a una verificación de las evidencias históricas haciendo uso

de las siguientes técnicas cronológicamente como se presentan:

o Entrevista directa al profesionistas sobre su trabajo realizado

en cada evidencia histórica presentada.

o Investigación con terceras personas o testigos sobre el trabajo

profesional del profesionista. o Constancia de trabajo de las

diversas instituciones en la que ha prestado su servicio.

• Se elabora reporte de investigación y validación de las evidencias

históricas.

• Entrega reporte de validación del currículo del interesado al C. C.

COMEGEFAH

• Si la información no fuera verídica se elaborará y

entregará al interesado, reporte de rechazo de validación

y motivos.

• Procedimiento de  re-certificación:

El profesionista a re-certificar podrá hacerlo de manera

automática si este cumple con los 150 puntos que se

requieren, previa evaluación del comité de certificación del

COMEGEFAH.

Si no se reuniera el total de puntos requeridos (150), este se vera obligado a

presentar el examen para adquirir la re-certificación.

Contacto

COMEGEFAH CERTIFICACIÓN

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